Como ya sabéis, la DGT cada cierto tiempo lleva a cabo alguna que otra reforma de la Ley sobre Tráfico,Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial. Pues bien, esta nueva reforma está vigente desde el 21 de Marzo de este año y ha traído cambios importantes.

Según la DGT viene a ser algo así como mismas multas, más puntos. En total la nueva ley contiene 50 novedades y desde ofertadecoches.com os compartimos algunas.

Y además, os contaremos sanciones curiosas que la DGT ha implementado y que podemos incumplir fácilmente.

USO DEL MÓVIL

Conducir con el móvil en la mano conlleva una pérdida de puntos ( antes 3, ahora 6) y 200€ de multa. El uso del GPS, de auriculares o cascos también está prohibido. No así el uso del manos libres.

CINTURÓN DE SEGURIDAD

No llevar puesto o llevar inadecuadamente el cinturón de seguridad. En el caso de los motoristas y la sillita infantil de niños serán consideradas infracciones.

ADELANTAR A CICLISTAS

Para adelantar a ciclistas o ciclomotores debemos guardar una distancia de seguridad minima de 1,5 metros. Si la calzada tiene dos o más carriles por sentido, para hacer la maniobra es obligatorio cambiar completamente de carril.

Todo sea por mejorar la seguridad de este colectivo vulnerable en ss cada vez más frecuentes desplazamientos en carretera o en zonas urbanas.

APARCAR EN EL CARRIL BICI

Si desde hace tiempo está prohibido aparcar en el carril bus,¿Por qué no en el el carril bici? Prohibido aparcar o parar en vías ciclistas ocarriles para bicicletas bajo sanción de 200€.

ARROJAR COLILLAS

Se prohíbe arrojar a la vía colillas o cualquier otro objeto que pueda ser susceptible de provocar incendios o accidentes. Retirada de puntos ,antes 4 ahora 6,  bajo multa de 200€.

COPIAR EN LOS EXAMENES

Así mismo se prohíbe la utilización de cualquier dispositivo de intercomunicación (pinganillo) en las pruebas de obtención o recuperación de permisos o licencias de conducir.

Ademas de tener que pasar por caja (500€) no podrán volver a presentarse a examen en 6 meses.

INTERCOMUNICADOR ENTRE MOTOS

Y como no todo va a ser prohibir, en este caso se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos homologados en los cascos con fines de comunicación o navegación.

Una norma que los motoristas llevan reivindicando desde hace mucho tiempo y que ahora gracias a  las nuevas tecnologías se puede realizar de forma segura.

ALCOLOCK PARA PROFESIONALES

En vigor desde el 6 de Julio de este año los transportes de reciente matriculación dedicados al traslado de pasajeros deberán llevar preinstalados los alcolocks. Estos impiden que el motor del vehículo arranque si el conductor supera la tasa de alcoholemia permitida.

Todos somos conscientes de las multas a las que nos podemos exponer si no respetamos el Reglamento General de Circulacion.

Pero,¿que me decis de aquellas multas de tráfico curiosas que parecen bulos pero que no lo son?

Debeis saber que aunque es bastante raro que un agente de la autoridad pueda multarnos, pueden hacerlo.

COMER AL VOLANTE

¿Te aprieta el hambre? ¿Las prisas te han impedido desayunar antes de salir de casa?

Mala suerte, ya que comer, beber, maquillarse o leer el periódico mientras conducimos supone una infracción tan grave como manejar el GPS o hablar por el móvil.

CON LA MÚSICA A OTRA PARTE

¿Quién no se ha emocionado alguna vez con una canción y ha subido el volumen para cantarla a voz en grito? Pues este acto tan inocente nos puede salir caro, de 80 a 100€.

Pudiendo ascender a 2.400€ si pasamos cerca de un hospital o de un area de descanso. Con todo esto se pretende preservar el descanso de los vecinos y reducir la contaminación acústica.

MORDERSE LAS UÑAS

Parece una broma ¿no? Para la DGT no, bajo sanción de hasta 80€ llevarse los dedos a la boca nos puede distraer.

Nos impide tener una buena visión de la carretera y limita nuestros sentidos y capacidad de reacción.

BESAR AL COPILOTO

Tan sorprendente como la anterior, ser excesivamente cariñosos con nuestro acompañante también acarrea multa: 80€.

La DTG insiste en que supone una distracción peligrosa al volante que nos impide visualizar correctamente el camino.

CODOS DENTRO

Muchos conductores mientras conducen colocan el codo fuera de la ventana ya sea inconscientemente o para descansar el brazo. Las autoridades lo entienden como infracción bajo sanción de 200€. ¿La razón? No podemos controlar el coche adecuadamente y en caso de accidente no tenemos capacidad de reacción.

Como podeis comprobar incurrir en cualquiera de esta conductas resulta muy fácil.

Y aunque el Reglamento general de Circulación no hace referencia a esta y otras conductas he aquí tres articulos que pueden justificar una multa.

ARTÍCULOS

Articulo18.1- Todo conductor está obligado a mantener su libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción.

De modo que garantice su seguridad, la de sus acompañantes y la del resto de viandantes.

Articulo 17.1- Los conductores deberán estar, en cada momento, capacitados para controlar su vehículo.

Articulo 3.1- La conducción deberá hacerse con la diligencia y precaucion necesarias para evitar todo daño, propio y ajeno. Se prohíbe conducir de modo negligente y temerario.

CONCLUSIÓN

No seremos nosotros quienes hagamos una interpretación de estos artículos, mejor lo dejamos a la responsabilidad de cada uno.

En cualquier caso, que ninguna prohibición nos impida disfrutar del placer de conducir.

¡Buen viaje!

 

 

 

 

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