Los viajes largos en coche pueden resultar tediosos, pero también pueden llegar a ser una bonita aventura.
Se acerca la época estival y con ella, las tan ansiadas vacaciones. Toca hacer maletas y decidir qué llevaremos, porque todo lo que queremos llevar no entra en el coche. Y pese a haber realizado una selección y llevarnos sólo lo imprescindible, debemos convertirnos en expertos en tetris para poder meter todo en el maletero.
¿Te has preguntado alguna vez porque algunos países conducen por la izquierda? ¿Sabías que no solo Reino Unido tiene costumbre de conducir por el carril izquierdo?
Actualmente la mayoría de los coches, ya sean nuevos o de Ocasión, no incluyen una rueda de repuesto.
¿A qué crees que se debe? ¿Es obligatorio llevar una rueda de repuesto o crees que es suficiente con un kit de emergencia? ¿Nos pueden multar en caso de no llevarla?
Si dispones de un carnet de conducir español y piensas realizar un viaje al extranjero o realizar una breve estancia en otro país, puede que necesites un permiso de conducción internacional. Esto no sería necesario en caso de que tu viaje tenga lugar dentro de la Unión Europea (UE) o del Espacio Económico Europeo (EEE). Tampoco será necesario en aquellos países con los que España mantiene un convenio de convalidación bilateral.
Puede ser que en algún momento nos encontremos en una de estas situaciones:
– Necesito convalidar mi permiso de conducción extranjero para conducir en España.
– Necesito saber si es necesario convalidar el carnet de conducir español para circular en otro país.
Aquí os vamos a explicar brevemente qué hacer en cada caso.
CONVALIDAR UN CARNET DE CONDUCIR EXTRANJERO EN ESPAÑA
Si has venido a pasar una larga estancia a España y necesitas convalidar tu carnet de conducir extranjero, es un trámite muy habitual, que suele variar en función del país de procedencia. Puede solicitar este canje cualquier ciudadano con carnet de conducir de un Estado miembro de la UE o del EEE.
También, conductores profesionales que puedan acreditar que han venido a vivir aquí y han trabajado como conductores durante al menos seis meses para empresas con establecimiento en España.
El personal diplomático o de organizaciones internacionales con sede en España también podrán solicitar el canje, así como sus familiares directos.
Los permisos de conducir que se hayan expedido en países de la UE o del EEE, no será obligatorio canjearlos hasta que caduquen o dos años después de haberse establecido en España.
No obstante, los permisos de conducir de países con convenio, son válidos únicamente durante los primeros seis meses de residencia en España y después será necesario canjearlos por un permiso español.
CONVALIDAR EL PERMISO DE CONDUCIR EN EL EXTRANJERO
Si dispones de un carnet de conducir español y piensas realizar un viaje al extranjero, puede que necesites un permiso de conducción internacional. Como hemos mencionado anteriormente, esto no sería necesario en caso de que tu viaje tenga lugar dentro de la Unión Europea. Tampoco será necesario en aquellos países con los que España mantiene un convenio de convalidación bilateral.
En el año 2013 entró en vigor el Permiso Único Europeo, el cual habilita la conducción de cualquier ciudadano de la UE o del Espacio Económico Europeo (EEE), sin tener que realizar ningún trámite o canje del permiso de conducir.
Sin embargo, para el resto de países, deberemos obtener un permiso de conducción internacional, concedido por la Dirección General de Tráfico (DGT). Con dicho carnet internacional se permite circular por prácticamente todo el mundo durante un plazo de un año desde su expedición.
La cosa cambia si queremos cambiar nuestro lugar de residencia en alguno de los países pertenecientes a la UE o a la EEE, ya que si se superan los 185 días al año viviendo allí, habrá que inscribirse en el registro de conductores de ese territorio o cambiar el permiso español por uno nacional, procediendo a retirar el carnet original.
CÓMO OBTENER EL CARNET DE CONDUCIR INTERNACIONAL
El permiso de conducir internacional, en España se solicita a través de Tráfico. Para ello, antes nos debemos asegurar de que el país al que queremos ir haya firmado el convenio internacional referente a transportes y comunicaciones. Si no, el permiso expedido por España no será válido.
Este permiso es temporal, tiene un año de validez. Cuando caduque, se debe renovar o solicitar el canje o inscripción del permiso en el nuevo país. Además, no será válido para conducir en el país que lo emite, ya que es complementario al nacional. Siempre deberá acompañarlo el pasaporte y el carnet nacional en vigor.
La Dirección General de Tráfico (DGT) permite solicitar este permiso a través de Internet o de forma presencial. En el último caso, habrá que entregar la documentación en cualquier Oficina de Tráfico y solicitar una cita previa.
No obstante, aunque se haya tramitado por Internet, en el momento de recogerlo es obligatorio acudir físicamente a Tráfico. La tasa en nuestro país es de 10,40 euros.
PAÍSES CON CONVENIO DE CONVALIDACIÓN DEL CARNET DE CONDUCIR
Los países en los que podremos conducir legalmente realizando el canje del permiso de conducción son los siguientes: Argelia, Bolivia, Chile, Perú, República Dominicana, Panamá, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Serbia, Turquía, Ucrania, Macedonia, Túnez, Argentina, Colombia, Paraguay, Uruguay, Venezuela, Nicaragua, Marruecos, Ecuador y Brasil.
En estos 23 países, salvo que se trate de permisos de conducir de vehículos tipo C y D (camiones y autobuses), no se requerirá realizar pruebas prácticas o exámenes adicionales.
Sin embargo, es recomendable, que antes de viajar fuera de la UE y el EEE se consulte al consulado si es necesario obtener el permiso internacional, ya que estos acuerdos pueden variar.
La convalidación de los permisos de conducir no es idéntica en todos los países. En España se exigen requisitos diferentes para los ciudadanos de unos y otros países. Por ello, la DGT no ofrece un listado universal de requisitos para realizar el canje.
Para realizar el canje en España se necesitará la siguiente documentación:
– Permiso de conducción que se pretenda canjear en vigor.
– DNI o Tarjeta de Residencia en vigor.
Firma en el impreso oficial.
– 2 fotografías de tamaño carnet.
MULTAS
En el año 2015 entró en vigor el acuerdo de intercambio transfronterizo de información sobre multas de tráfico en la UE. Eso sí, la directiva únicamente se aplica sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial, tales como:
No utilización del cinturón de seguridad, no utilización del casco de protección, conducción bajo los efectos de las drogas, circular por un carril prohibido, utilización ilegal del teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo durante la conducción, conducción en estado de embriaguez, exceso de velocidad, etc.
Las multas se remitirán al propietario del vehículo, que deberá identificar al conductor que cometió la infracción. Se podrán pagar con tarjeta de crédito o transferencia bancaria.
Por otro lado, recurrir estas multas resulta difícil, ya que los argumentos deberán ajustarse a la legislación del país donde se cometió la infracción. No obstante, estas sanciones no detraen puntos del carnet de conducir español.
En caso de que el vehículo con el que se cometa la infracción sea alquilado, también llegará la multa. La compañía la recibe y procede a identificar al conductor, que es quien firmó el contrato. Así, las autoridades del país enviarán la sanción al domicilio del infractor.